INSTALACION DE EQUIPOS CON CARGA DE GAS REFRIGERANTE, SOLO PUEDEN SER INSTALADOS POR UNA EMPRESA HABILITADA PARA ESTE FIN Y ACREDITADA POR EL MINISTERIO DE INDUSTRIA.
El Real Decreto 115/2017 de principios de 2017 regula la instalación de aire acondicionado y aspectos de la compra de estos que afectan al consumidor de manera notable, especialmente si se confía en empresas no acreditadas.
El mayor cambio relacionado con la acreditación del manejo de gases fluorados es que solo podrán instalar estos equipos de aire acondicionado empresas y técnicos debidamente homologados.
A partir de principios del 2018 a la hora de buscar un instalador hay que tener mucho más cuidado y no confiar en cualquier persona que se anuncia como instalador, sino pedirle la acreditación de su registro y homologación.
Hoy en día solo las empresas registradas en el Ministerio de Industria o la Consejería de Industria de la Comunidad Autónoma podrán ejercer con garantías las instalaciones.
Solo un profesional que posea certificado para la manipulación de gases fluorados y que trabaje en una empresa instaladora habilitada podrá instalar un aire acondicionado. Además, el instalador deberá acreditar esta condición y entregar la documentación pertinente al cliente para que este se la haga llegar al vendedor.
Suministros Clima Frio informa durante el proceso de compra a los compradores de esta circunstancia si no se contrata la instalación conjuntamente con la compra del aire acondicionado.
Se informa al cliente, como comprador de que un equipo no herméticamente sellado y cargado con gases fluorados, de la obligación de que la instalación de este equipo se lleve a cabo por parte de una empresa habilitada con personal certificado para su instalación conforme al Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, y el Reglamento (UE) 517/2014, sobre gases fluorados de efecto invernadero así como la obligación del cliente obligación de remitirme en un plazo de un año declaración acreditativa del cumplimiento de este requisito legal.
Asimismo, se informa al comprador de las responsabilidades que se derivarán en caso de incumplimiento de esta obligación legal, que están descritas en el citado Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero.
Si adquieres tu aire acondicionado sin la instalación deberás remitirnos el siguiente documento cumplimentado en un plazo inferior a un año.
Una vez instalado el sistema el comprador deberá, en el plazo de un año, enviar el Anexo VI, parte B firmado por él y el instalador, datos del equipo y los certificados de instalador y empresa habilitada.